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Ocean Point Claims Company

Reclamos de seguro para condominios y asociaciones (HOA) en Florida

Los reclamos de condominios y asociaciones son de los más complejos de Florida: pólizas de la asociación, deducibles altos y evaluaciones especiales que caen sobre los dueños de las unidades. Ocean Point representa a ambos lados de esa línea.

Short answer: Un reclamo de condominio involucra la póliza de la asociación (áreas comunes y estructura) y la póliza del dueño de la unidad. Según la Ley de Florida 627.714, la póliza del dueño (HO-6) debe incluir al menos $2,000 de cobertura para evaluaciones por pérdida, con un deducible de $250. Ocean Point coordina las dos pólizas para que se trabajen en el orden correcto.

Qué cubre un reclamo de condominio o HOA

  • Póliza de la asociación: estructura del edificio, techo, áreas comunes y, según la póliza, ciertos elementos dentro de las unidades.
  • Póliza del dueño de la unidad (HO-6): mejoras, contenido, gastos adicionales de vivienda y la cobertura para evaluaciones por pérdida.
  • Evaluaciones especiales: cuando la asociación aprueba una evaluación después de una pérdida compartida para cubrir su deducible o el alcance no cubierto.

La cobertura del dueño de la unidad

Según la Ley de Florida 627.714, la póliza del dueño de la unidad debe incluir al menos $2,000 de cobertura para todas las evaluaciones que resulten de una misma pérdida directa, con un deducible máximo de $250. El pago se mide según el límite que tenía el día antes de la pérdida, no cuando llega la factura de la evaluación. Muchos dueños se sorprenden de que su póliza responda.

Por qué se pagan de menos

Después de un huracán o una pérdida mayor del edificio, las asociaciones pasan evaluaciones grandes a los dueños. Las aseguradoras se equivocan con frecuencia en la regla del "límite un día antes de la pérdida" y en el alcance de las áreas comunes. Vea también la Ley 718.111 sobre el seguro del condominio.

Cómo ayuda Ocean Point y sus plazos

Coordinamos el reclamo de la asociación y el del dueño de la unidad para que las dos pólizas se trabajen en el orden correcto, no una contra la otra. Reporte dentro de 1 año (Ley 627.70132); la aseguradora paga o niega en 60 días (Ley 627.70131). Honorarios limitados por la Ley 626.854; sin cobro por adelantado.

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Contenido en español (piloto). Para la versión completa en inglés, visite nuestra página en inglés.

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